La suspensión de la pena privativa de libertad

La suspensión de la pena privativa de libertad es un beneficio que puede conceder la Administración de Justicia a la persona que haya recibido la pena de prisión por la comisión de un delito cuando se cumplan ciertas circunstancias.

La posibilidad de la suspensión de la pena privativa de libertad está contemplada en el artículo 80 y siguientes del Código Penal.

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¿Cuándo se puede solicitar la suspensión de la pena privativa de libertad?

Los requisitos necesarios para poder acceder a este beneficio son:

  • Debe tratarse de la primera vez que la persona condenada haya delinquido. No se tomarán en cuenta condenas anteriores por delitos leves o por delitos imprudentes. No se tomarán en cuenta tampoco antecedentes penales que correspondan a delitos que no sean importantes o que ya hayan sido eliminados.
  • La pena privativa de libertad que le haya sido impuesta debe ser menor de dos años. Este periodo de tiempo no incluirá los períodos que se le hayan establecido para pago de multas.
  • La persona condenada deberá abonar la totalidad de lo que le corresponda por concepto de responsabilidad civil. Esto se refiere a que el condenado deberá reparar los daños que haya producido el delito, y esto lo hará de acuerdo con su capacidad económica en el plazo que establezca el juez, que suele ser de dos años.

El hecho de que el condenado cumpla con estas condiciones no garantiza que se le otorgue la suspensión de la pena privativa de libertad. El juez tomará en cuenta también otros factores tales como: las circunstancias en las que se cometió el delito, la situación personal del acusado, la conducta que ha prevalecido en su vida, y sus antecedentes penales, para comprobar que no haya cometido un delito de la misma naturaleza con anterioridad.

¿Cómo se concede la suspensión de la pena privativa de libertad?

La suspensión de la pena privativa de libertad es un beneficio que puede conceder la administración de justicia a lo que se denomina un “reo primario”.

En algunas ocasiones se puede conceder a un condenado que haya delinquido con anterioridad, si se trata de delitos diferentes. También puede un juez en atención a las circunstancias personales, familiares y sociales de un condenado conceder la suspensión de la pena privativa de libertad por razones excepcionales, si considera que existen factores positivos que permitan hacer esa excepción.

En el proceso a seguir para tratar de que un condenado pueda recibir la suspensión de la pena de libertad después de que se haya dictado sentencia condenatoria, se puede establecer una negociación entre las partes y el Ministerio Fiscal.

En ese caso, si ninguna de las partes se opone a la suspensión de la pena de libertad, y el reo se compromete a pagar lo que corresponda por responsabilidad civil por el delito cometido, el juez puede concederle el beneficio sin mayores trabas.

Medidas accesorias

El juez puede indicar además el cumplimiento de una serie de medidas accesorias, entre las que pueden estar el pago de una multa, la ejecución de trabajos en beneficio de la comunidad, la reparación del daño ocasionado, la presentación ante el tribunal con una periodicidad indicada, o medidas de alejamiento o prohibición de comunicación con la víctima, según sea el caso.

Si una vez que se le haya otorgado la suspensión de la pena privativa de libertad, el condenado deja de cumplir con algunas de las condiciones o penas accesorias que se le hayan impuesto, podrá revocarse la suspensión y deberá cumplir con la pena de prisión impuesta originalmente en la sentencia.

Otras circunstancias que pueden conducir a la suspensión de la pena privativa de libertad

Existen otras consideraciones especiales que un juez puede tomar en cuenta para considerar el otorgamiento de la suspensión de la pena privativa de libertad a una persona.

Entre estas están, por ejemplo, que el condenado sufra de alguna enfermedad o problema de salud grave, una condición incurable, que haga que no sea aconsejable recluirlo en prisión. Cabe destacar que esto no podrá aplicarse si el condenado ha tenido ya otra suspensión de la pena privativa de libertad por esa misma razón.

Otra razón que se puede alegar es que el condenado haya cometido el delito por causa de alguna adicción a alguna droga u otra sustancia, y que además de esa razón, la pena impuesta no sea mayor a cinco años de prisión.

En ese caso podrá suspenderse la pena privativa de libertad, pero el condenado deberá certificar que asiste a un centro de desintoxicación para acabar con el problema de adicción que sufre. Si no cumple con esto, le será revocada la suspensión de la pena privativa de libertad y deberá ir a la cárcel por el tiempo que se indicó en su sentencia.

Revocación de la suspensión de la pena privativa de libertad

El artículo 86 del Código Penal establece las causas que pueden llevar a que se revoque la medida de suspensión de la pena de libertad. Entre ellas están:

  • Que el penado vuelva a delinquir durante el período de la suspensión de la pena privativa de libertad.
  • Que incumpla de manera reiterada con las obligaciones, deberes, prohibiciones o penas accesorias que se le hayan impuesto para otorgarle la suspensión de la pena privativa de libertad.
  • No aporte información exacta y suficiente sobre la localización de bienes cuyo decomiso se haya acordado en el proceso.
  • Proporcione información falsa sobre su situación personal y patrimonial.

Si se revoca la pena por alguna de las causas mencionadas y el penado hubiese pagado lo que le correspondía por la responsabilidad civil del delito que cometió, esas cantidades que pagó no le serán restituidas.

Pero el juez tomará en cuenta y registrará en los documentos del proceso los pagos efectuados por el reo y el cumplimiento de trabajos comunitarios u otros que éste haya efectuado.

Conclusión

Existen algunas circunstancias que permiten que una persona que haya recibido pena de prisión por la comisión de un delito pueda obtener una suspensión de la pena privativa de libertad.

Para que ello ocurra es recomendable buscar el asesoramiento de abogados expertos en materia penal, que podrán orientar sobre la posibilidad de tramitar esta suspensión, de acuerdo con el caso, y llevar adelante el procedimiento necesario.

Es importante que la defensa tenga una estrategia sólida que permita argumentar y convencer al juez, de que el condenado merece recibir la suspensión de la pena privativa de libertad.

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