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Mostrando las entradas de septiembre, 2022

Laurymar Alejandra Uzcátegui Pacheco: ¿Para qué sirve un consultor jurídico?

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  Si se necesita poner al día todos los asuntos legales y tener actualizadas sobre las modificaciones legislativas a las organizaciones y empresas, para eso están precisamente capacitados los  consultores jurídicos . Un  consultor jurídico  es aquel profesional que posee conocimientos especializados en el campo del Derecho, tanto en materia de sus procedimientos como en las consecuencias que acarrea su fiel cumplimiento o no. El  consultor jurídico  presta sus servicios a personas o negocios que requieran de una asesoría sobre temas específicos de Derecho. Es un profesional que recomendará a una empresa o a una persona sobre la mejor forma de proceder de acuerdo a las leyes. Y es que todas las personas o empresas se tropiezan con dudas legales que requieren del  asesoramiento  de expertos y conocedores del Derecho. El  consultor jurídico  está facultado para asesorar, orientar y representar ante cualquier organismo o institución ...

Las retribuciones externas como herramienta de control del administrador

A propósito de Sáez Lacave, Maribel. «Barbari ad portas: la prohibición de la retribución externa como arma defensiva ». InDret, 2022, Núm. 3, p. 28-75, El art. 229.1 LSC letra e) se ha utilizado también como una suerte de caballo de Troya para camuflar entre las medidas dispuestas para combatir los conflictos de interés otras de defensa del control societario… servir de munición a los socios mayoritarios para repeler la entrada de dominicales minoritarios en los consejos de administración…. la prohibición de remuneraciones externas del apartado e) del art. 229.1 LSC ( afecta, sobre todo a)…. los dominicales minoritarios , en clara referencia a la práctica de los fondos activistas o hedge funds de remunerar a sus consejeros, conocida habitualmente en la literatura internacional de Derecho de sociedades como “golden leash”. (Lo que no se entiende es por qué) su exigencia y cumplimiento (de los deberes fiduciarios de los administradores) no se realizan (en el ...

Una nota sobre la imposible interpretación del art. 198 LSC

Por Jesús Alfaro Águila-Real   “Correspondientes” Según el art. 198 LSC, en la sociedad limitada, los acuerdos sociales se consideran adoptados En la sociedad de responsabilidad limitada los acuerdos sociales se adoptarán por mayoría de los votos válidamente emitidos, siempre que representen al menos un tercio de los votos correspondientes a las participaciones sociales en que se divida el capital social. No se computarán los votos en blanco. El precepto es de redacción desgraciada. Sobre todo, porque no se entiende qué ha llevado al legislador a establecer una determinación de la mayoría tan complicada. No se entiende qué interés quiere proteger el legislador al establecer una regla específica para la sociedad limitada. Voy a utilizar, para explicar la interpretación del precepto que me parece preferible, el análisis de Alberto Díaz Moreno que es el más reciente y completo de los disponibles (Comentario del art. 198 LSC en JUSTE/RECALDE, La Junta General de las Sociedades de...

Algunos reparos a la doctrina del Mar menor*

Por Alfonso García Figueroa iura non sunt multiplicanda sine necessitate   El pasado miércoles el Senado aprobó la proposición de Ley remitida por el Congreso para el reconocimiento de derechos al Mar Menor. Durante el procedimiento parlamentario, que tuvo lugar por iniciativa popular, se formularon diversas objeciones de diversa contundencia (vid. e.g. el veto de Vox desde el grupo mixto ) Algunas son muy atendibles. Por ejemplo, el difícil encaje del reconocimiento de derechos de la naturaleza en nuestro Derecho y nuestra tradición jurídico-política, la ausencia de precedentes en nuestra legislación o la posible instrumentalización partidista de la causa, así como la posible sumisión de los seres humanos al “dominio de la ecología” (ibid.). Otros quizá lo sean menos. Por ejemplo, se adujo en algún momento que una entidad como el Mar Menor no puede gozar de derechos, porque no puede asumir obligaciones. Sin embargo, esta objeción no parece decisiva. Se han reconocido derechos a...

Error de tipo y error de prohibición

Existen determinados casos en los que, si bien una persona está cometiendo un delito, no sabe que lo que está haciendo constituye una infracción penal. Esto puede deberse a distintas razones, según lo cual, podemos hablar de error de tipo y error de prohibición . A continuación explicamos en qué consisten ambos conceptos. Podemos ayudarle En Dexia Abogados somos abogados especialistas en derecho penal en Madrid . Si necesita un despacho penalista con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso . Contacte con nosotros ¿Qué es el error de tipo y dónde se regula? El error de tipo se produce cuando un sujeto comete un delito sin conocer los elementos del tipo objetivo , sea sobre los hechos que constituyen la infracción o sobre las circunstancias agravantes de la misma o que la cualifican. Se regula en el artículo 14 del Código Penal, apartados 1 y 2. 1. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad cri...

El delito leve de amenazas

El delito de amenazas es una acción o expresión que anuncia la intención de causar un mal a otra persona o a un tercero con el objetivo de menoscabar su libertad. Pero, ¿cuándo se comete el delito de amenazas en su modalidad leve? Podemos ayudarle En Dexia Abogados somos abogados especialistas en delitos de amenazas . Si necesita un despacho con amplia experiencia en Derecho Penal, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso . Contacte con nosotros ¿Qué es el delito de amenazas? El delito de amenazas consiste en comunicar un mal futuro, determinado, posible y creíble para provocar una reacción de intranquilidad, ansiedad o neurosis en otra persona. Se trata de un delito contra la libertad recogido en los artículos 169 a 171 del Código Penal. Además, se considera un delito de peligro o de mera actividad cuyo bien jurídico protegido es la libertad. No obstante, la jurisprudencia ha ampliado el bien jurídico a la seguridad del sujeto. El que amenazare a otro con causarle ...

El delito de alzamiento de bienes

Se considera que se ha consumado un delito de alzamiento de bienes cuando se elude el pago de responsabilidades perjudicando al acreedor de dichas obligaciones . Todas esas conductas fraudulentas serán castigadas por el Código Penal, puesto que constituyen un atentado contra el orden socioeconómico. Podemos ayudarle En Dexia Abogados somos abogados especialistas en alzamiento de bienes . Si necesita un despacho con amplia experiencia en Derecho Penal, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso . Contacte con nosotros ¿Dónde se regula el delito de alzamiento de bienes? El delito de alzamiento de bienes se encuentra en el Título XIII ( delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico ), Capítulo VII ( frustración de la ejecución ), artículos 257 a 258 ter del Código Penal . Las nociones más básicas a tener en cuenta acerca de este hecho punible son las que se recogen en los dos primeros apartados del artículo 257 del Código Penal: 1. Será castigado con las pe...

La sentencia de los ERE y algunas perlas jurídicas no cultivadas

Por G onzalo Quintero Olivares     Ha aparecido la Sentencia del caso ERE (STS  749/2022 de 13 de septiembre) anunciada hace más de un mes, con  mil doscientas páginas de extensión, que parecen querer conferir confiere a la sentencia una garantía de profundidad y rigor que ha de mantenerla a salvo de cualquier censura. Pero lo cierto es que el fallo, al igual que el previo de la AP de Sevilla, está plagado de razonamientos que, al igual que los que en su día se vertieron en la instrucción, no pueden superar el filtro de las construcciones doctrinales y jurisprudenciales de la autoría y la participación y de los delitos de prevaricación y malversación. El  cerrado aplauso que ha recibido el fallo por parte de la oposición externa e interna (PP y UP) no tiene la virtud de certificar su justicia y corrección, aunque contribuye a crear un ambiente de anatema contra quien se atreva a cuestionarlo.  El fallo incluye dos votos particulares, y eso no es ni sorpr...